¿Quiénes Somos?
La Cooperativa de los Trabajadores de Empresas Municipales de Cartago, COOTEMCA, es una Entidad sin ánimo de lucro, legalmente constituida y su objeto social es la prestación del servicio de crédito con base en los aportes de sus asociados, con el fin de satisfacer sus necesidades y las de su grupo familiar, para una mejor calidad de vida.
¿Requisitos para ser asociado de COOTEMCA?
PARA SER ASOCIADO SE REQUIERE:
- Presentar en todo caso solicitud de ingreso ante el consejo de administración.
- Estar vinculado como trabajador operativo o administrativo de cualquiera de las empresas prestadoras de servicios públicos en la ciudad de Cartago y la región, siempre y cuando se pueda realizar los descuentos de aporte y crédito por nomina en las empresa a la cual se encuentra vinculado.
- Estar vinculado como trabajador de COOTEMCA.
- Estar vinculado como trabajador de las personas jurídicas asociadas a la cooperativa.
- Estar pensionados por jubilación, pensión compartida, pensión única, sustitución, sobrevivientes, invalidez y por enfermedad común y cuyas mesadas sean pagadas por las Empresas Municipales de Cartago ESP u otra AFP.
- Los familiares de los asociados que se encuentren dentro del primero y segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.
- Ser mayor de 14 años o quienes sin haberlos cumplido, se asocien a través de su representante legal, por vínculo familiar.
- Pagar por una sola vez el 3% del salario básico mensual como cuota de admisión, la cual no es reembolsable.
¿Qué debo hace para solicitar un crédito?
Para solicitar un préstamo se debe diligenciar solicitud de crédito directamente en la oficina de la Cooperativa y aportar el último desprendible de pago. El cupo máximo de la solicitud será hasta 3 veces el monto de los aportes que tenga el asociado, menos la deuda que posee a la fecha. El respectivo estudio lo realizará el Comité de Crédito que se reúne los días miércoles y ellos determinaran los requisitos a cumplir para su aprobación.
¿Qué plazos maneja la cooperativa para amortizar los créditos?
La Cooperativa tendrá en cuenta los siguientes plazos de acuerdo con los montos solicitados:
- Para solicitudes de crédito cuya cuantía sea menor a la suma de $7 millones, el plazo máximo será hasta 36 meses.
- Para solicitudes de crédito cuya cuantía sea de $7 millones a $9 millones novecientos mil, el plazo máximo será de 48 meses.
- Para solicitudes de crédito de $10 millones en adelante, el plazo máximo será hasta de 60 meses.
¿Puedo hacer cruce de cuentas entre el valor de mis aportes y deuda y seguir como asociado?
Los asociados no podrán efectuar retiro parcial de sus aportes en ningún caso y bajo ninguna circunstancia durante el término de su vinculación. El cruce de cuentas o reintegro de aportes, sólo aplicará en caso de renuncia del asociado.
¿Puedo aportar más o ahorrar un dinero adicional en la Cooperativa?
Cada asociado contribuirá con un aporte obligatorio, conforme lo establecido en los Estatutos y no existe la posibilidad de ahorrar un valor adicional, ya que los aportes voluntarios no están permitidos para este tipo de entidades.
¿En cuánto tiempo me devuelven mis aportes, después de haber presentado renuncia como asociado de la cooperativa?
Una vez recibida la solicitud de retiro de la Cooperativa, ésta dispondrá de un plazo máximo de 30 días hábiles para proceder a la devolución de aportes sociales, previa las compensaciones a que haya lugar con las obligaciones pendientes de pago que tenga el asociado.
¿Después de haber renunciado a la Cooperativa, cuánto tiempo debo esperar para asociarme nuevamente?
El asociado que se haya retirado voluntariamente, podrá solicitar su reintegro después de transcurridos por lo menos 6 meses de su retiro.
¿En caso de fallecimiento del asociado, cómo es el proceso para reclamar sus aportes sociales?
Los familiares que se crean con derecho a reclamar las acreencias que tenía el asociado al momento de su fallecimiento deberán presentar los siguientes documentos:
- Carta de reclamación y poder autenticado en caso de que sean varios los beneficiarios.
- Documentos que soporten el vínculo familiar con el asociado (registro civil de matrimonio, declaración extrajucio ante Notaría de la unión marital, registro civil de nacimiento en caso de ser hijo y fotocopia del documento de identidad).
- Fotocopia de la cédula del asociado fallecido.
- Certificado de defunción.
- Historia Clínica.
Nota: Suramericana podrá solicitar los documentos adicionales que crea necesario para el pago de la reclamación
¿Si no asisto a las reuniones de la cooperativa, me cobran multa?
Sólo por faltar a la Asamblea General de Asociados ya sea ordinaria o extraordinaria sin causa justa, se sancionará al asociado con una multa de 2 salarios mínimos diarios legales vigentes.
¿En qué casos puedo solicitar una solidaridad?
El Comité de Solidaridad, reconocerá auxilios económicos a los asociados en las calamidades contempladas en el reglamento de solidaridad, previa solicitud escrita por parte del asociado, la cual debe llevar anexa los respectivos soportes, que comprueben su situación. Los asociados que podrán solicitar solidaridad, deben encontrarse hábiles y tener una antigüedad no menor a 3 meses continuos en la Cooperativa.