APORTES SOCIALES

Cada asociado contribuirá con un aporte social ordinario en la suma de cinco por ciento (5%) del salario básico, pensión mensual u otro tipo de ingreso sin que el valor equivalente sea inferior a un (1) SMMLV.

Las personas jurídicas contribuirán con el cinco por ciento (5%) de su ingreso mensual y los asociados menores de 18 años cancelarán el tres por ciento (3%) de un (1) SMMLV.

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