DERECHOS ESPECIALES DE LOS ASOCIADOS
- Utilizar los servicios de la cooperativa y realizar con ella las operaciones propias de su objeto social, en condiciones de equidad para todos los asociados.
- Participar en las actividades de la cooperativa y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
- Ser informado de la gestión de la cooperativa de acuerdo con las prescripciones estatutarias.
- Ejercer actos de decisión y elección en las Asambleas Generales.
- Fiscalizar la gestión de la cooperativa.
- Retirarse voluntariamente de la cooperativa.
DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ASOCIADOS
- En un lapso no superior a tres meses, a recibir como mínimo veinte (20) horas de conocimiento sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo y el estatuto que rige la entidad.
- Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo.
- Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y vigilancia.
- Comportarse solidariamente en sus relaciones con la cooperativa y con los asociados de la misma.
- Abstenerse de efectuar actos o incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la cooperativa.
- Los demás que sean necesarios para el cumplimiento del acuerdo cooperativo.
¡El ejercicio de los derechos estará condicionado al cumplimiento de los deberes!